Régimen de excepción
Opciones flexibles de aportes para situaciones específicas, siempre respaldadas por ley.
1. Aportación Reducida
- Destinado a:
- Profesionales jóvenes (menos de 2 años de afiliación).
- Jubilados que cumplan 65 años.
- Afiliados que ya aporten a otro sistema previsional (por ejercicio en relación de dependencia).
- Requisito: Completar formularios específicos y contactar a Atención al Afiliado.
2. Incremento Previsional para Mayores de 65 años
- Beneficio: Aumento proporcional del haber previsional al continuar ejerciendo la profesión y aportando.
- Límite: Vigente hasta los 75 años de edad.
3. Exención de Aportes para Mayores de 75 años
- Destinado a: Afiliados que, superados los 75 años, mantienen su matrícula y ejercicio profesional.
- Derecho: Liberación de obligación de aportar, sin afectar los haberes previsionales ya consolidados.
- Procedimiento: Solicitud mediante formularios y contacto con Atención al Afiliado.
Nota clave:
Todos estos regímenes están avalados por la Ley 1232 y reflejan el compromiso de la Caja con la equidad y el apoyo continuo a sus afiliados en cada etapa profesional.